El acoso laboral en Venezuela está claramente tipificado y sancionado en la legislación vigente, principalmente bajo el marco de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) y la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Estas normativas reconocen el acoso como una forma de violencia psicológica y moral que afecta la dignidad, salud y estabilidad emocional de los trabajadores y trabajadoras.
Definición y Tipos de Acoso Laboral Reconocidos
El acoso laboral comprende conductas repetitivas de hostigamiento, intimidación, degradación y violencia psicológica o física que deterioran el ambiente laboral y la salud mental de los empleados. Entre sus modalidades se incluyen:
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Acoso psicológico y moral: Críticas sistemáticas, aislamiento, presión indebida o asignación de tareas no acordes con la capacidad del trabajador.
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Acoso sexual: Conductas de naturaleza sexual no consentidas que afectan la dignidad de la persona.
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Acoso sindical: Presiones e intimidaciones dirigidas a delegados sindicales o de prevención para limitar la defensa de derechos laborales.
Normativa Legal Relevante
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat)
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Artículo 56 establece el deber del empleador de adoptar medidas para garantizar condiciones óptimas de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo. En particular, prohíbe expresamente:
“Conductas ofensivas, maliciosas, intimidatorias o cualquier acto que perjudique psicológica o moralmente a los trabajadores, incluyendo la prevención del acoso mediante la degradación del ambiente laboral, violencia física o psicológica, aislamiento o asignación injustificada de tareas.”
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Artículo 119, numeral 19 señala las sanciones económicas para empleadores que no identifiquen, evalúen y controlen las condiciones de trabajo que puedan afectar la salud física o mental de sus trabajadores, con multas que oscilan entre 26 y 75 unidades tributarias por cada trabajador expuesto.
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
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Artículo 49 sanciona con multas que van de 100 a 1000 unidades tributarias a quienes obstaculicen o condicionen el acceso, ascenso o estabilidad laboral de las mujeres mediante discriminación basada en sexo, edad, estado civil, condición de maternidad o mediante prácticas invasivas como exámenes para descartar embarazo.
Realidades Actuales y Retos en la Aplicación
Aunque el marco legal venezolano es robusto, la aplicación práctica enfrenta retos significativos, entre ellos:
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Falta de difusión efectiva: Muchos trabajadores desconocen sus derechos frente al acoso laboral y los mecanismos de denuncia.
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Limitaciones institucionales: Deficiencias en las inspecciones laborales y seguimiento normativo reducen la efectividad de las sanciones.
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Contexto socioeconómico: La crisis económica y alta informalidad dificultan el acceso a mecanismos formales de protección.
Por ello, es crucial fortalecer la educación laboral, fomentar la cultura organizacional basada en el respeto y garantizar el acompañamiento institucional a víctimas de acoso.
Referencias y Fuentes Actualizadas
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Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (MPPPST): Lopcymat y actualizaciones normativas
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Observatorio de Derechos Humanos Laborales de Venezuela (ODHLV): Reportes sobre acoso y violencia laboral (2023)
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Organización Internacional del Trabajo (OIT): Guías y recomendaciones sobre prevención del acoso laboral y violencia en el trabajo aplicadas a contextos latinoamericanos.
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Portal Superar el Mobbing: Recursos sobre acoso laboral y normativas vigentes.
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Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Gaceta Oficial No. 6.213 Extraordinaria, 2014).
El acoso laboral en Venezuela está legalmente prohibido y sancionado, con un enfoque integral que incluye acoso psicológico, sexual y sindical. Sin embargo, la efectividad de la normativa depende del compromiso real de empleadores, trabajadores y autoridades para crear ambientes laborales seguros, justos y respetuosos.
Si quieres, puedo ayudarte a elaborar un protocolo de prevención o un plan de capacitación para sensibilizar a tu equipo sobre este tema.

Gracias
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