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miércoles, 4 de mayo de 2016

Acoso Sexual en el trabajo, QUE HACER??




video animado: acoso sexual en el trabajo

La violencia de género en el trabajo se manifiesta en desigualdades de poder entre hombres y mujeres, generando acoso sexual y hostigamiento laboral que afectan mayoritariamente a las mujeres. Estas conductas provocan daños físicos, psicológicos y económicos, impactando negativamente la salud y estabilidad laboral de las víctimas.

Aunque el estudio de la violencia laboral es relativamente reciente, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha reconocido el acoso sexual y hostigamiento como violaciones graves de derechos fundamentales, instando a los países a legislar para ambientes laborales libres de violencia.

Conceptos Clave

  • Acoso Sexual Laboral: Conducta no deseada de naturaleza sexual que degrada y humilla, creando un ambiente hostil en el trabajo.

  • Hostigamiento Laboral: Conductas repetidas que causan daño psicológico o físico, incluyendo insultos, aislamiento, o asignación de tareas degradantes.

  • Violencia de Género en el Trabajo: Manifestación de agresiones basadas en desigualdades sociales de género, que afectan la dignidad, salud y desarrollo laboral de las víctimas, mayormente mujeres.

Estas formas de violencia pueden darse tanto verticalmente (superiores a subordinados) como horizontalmente (entre pares).

Evidencia y Situación Actual

Diversos estudios internacionales revelan que entre el 10% y 30% de las trabajadoras han sufrido acoso sexual o hostigamiento laboral. En Venezuela, aunque la investigación es incipiente, se identifican patrones similares: un alto porcentaje de mujeres reportan experiencias de violencia laboral y acoso sexual, especialmente en sectores con empleos precarizados y trabajo informal.

En un estudio con trabajadoras venezolanas, el 72% manifestó haber sufrido acoso sexual laboral en algún momento. Trabajadoras domésticas y del sector servicios son particularmente vulnerables. Además, las víctimas frecuentemente desconocen sus derechos y mecanismos legales de protección.

Impacto en la Salud y el Trabajo

La violencia de género en el trabajo genera trastornos psicológicos (depresión, ansiedad, insomnio), físicos (dolores de cabeza, trastornos digestivos) y sociales (aislamiento, deterioro familiar). El clima laboral hostil afecta el rendimiento, aumenta el ausentismo y eleva la rotación de personal.

Estudios también muestran que la violencia prolongada puede desencadenar consecuencias graves, incluso suicidio.

Marco Legal Venezolano

  • Ley Orgánica para el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2006): Tipifica el hostigamiento laboral y acoso sexual como delitos con sanciones específicas.

  • Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT): Establece deberes de empleadores para prevenir y erradicar el acoso y garantizar ambientes laborales libres de discriminación y violencia.

  • Convenios Internacionales: La OIT y Naciones Unidas reconocen el acoso sexual como forma de discriminación y violencia que debe ser erradicada.

Recomendaciones

  1. Conciencia y Capacitación: Difundir información sobre violencia de género y derechos laborales en todas las organizaciones.

  2. Políticas Corporativas Claras: Implementar protocolos para prevención, denuncia y sanción del acoso y hostigamiento.

  3. Apoyo a las Víctimas: Crear redes de apoyo y garantizar la confidencialidad y protección durante los procesos.

  4. Investigación Continua: Promover estudios nacionales que cuantifiquen y profundicen en la magnitud del problema.

  5. Involucrar a Hombres: Fomentar la participación masculina en la prevención y transformación cultural.

El acoso sexual y hostigamiento laboral son expresiones concretas de la violencia de género que afectan la salud, bienestar y desarrollo profesional de miles de mujeres. La erradicación requiere compromiso multisectorial, políticas firmes, y una transformación cultural profunda para garantizar ambientes de trabajo dignos, seguros y equitativos.

Referencias destacadas

  • Organización Internacional del Trabajo. (2023). Guía para la prevención del acoso sexual en el trabajo.

  • Acevedo D., Biaggi Y., Borges G. (2006). Violencia de género en el trabajo: acoso sexual y hostigamiento laboral. V Jornada Nacional Universitaria de Investigación en Género, Mérida, Venezuela.

  • Comisión para la Erradicación de la Discriminación contra la Mujer. (1992). Recomendación General No.19 sobre violencia contra la mujer.

  • Ley Orgánica para el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2006). Asamblea Nacional, Venezuela.

  • Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).

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